La
nueva Ley de Comunicación, aprobada por la Asamblea y que espera la promulgación por parte del Presidente de la República, y su publicación
en el Registro Oficial, tiene una clasificación de audiencias y franjas horarias.
Es totalmente anti taurina.
NORMAS ANTERIORES anti taurinas en ECUADOR:
Una disposición de
la Ley de la Niñez, impidió que se trasmitieran las corridas de toros en
directo por el horario pues, según manifiestan, las corridas de toros son parte
de las “actividades violentas” que afectan a los niños en su desarrollo normal.
También se prohibió
el ingreso a las plazas de toros, de niños menores de 12 años, dejando a un
lado la Patria Potestad.
El 7 de mayo del
2011, se realizó la consulta popular que, en su numeral 8, averiguaba si en el
cantón en el que vivía el ciudadano, “estaban de acuerdo que existan eventos
públicos que tengan como finalidad la muerte del animal”. Lamentablemente, en
más de la mitad de los cantones ecuatorianos, ganó el SI (que era lo que
propendía el Gobierno) y, en lugares como Quito, se prohibió la muerte del TORO.
La LEY DE COMUNICACIÓN:
La nueva Ley de
Comunicación, en su Título IV – Regulación de contenidos: “Art. 68.-
Clasificación de audiencias y franjas horarias.- Se establece tres tipos de
audiencias con sus correspondientes franjas horarias, tanto para la
programación de los medios de comunicación de radio y televisión, incluidos los
canales locales de los sistemas de audio y video por suscripción, como para la
publicidad comercial y los mensajes del Estado:
1. Familiar: Incluye a todos los miembros de la familia. La franja horaria familiar comprende desde las 06h00 a las 18h00. En esta franja solo se podrá difundir programación de clasificación "A": Apta para todo público;
2. Responsabilidad compartida: La componen personas de 12 a 18 años, con supervisión de personas adultas. La franja horaria de responsabilidad compartida transcurrirá en el horario de las 18h00 a las 22h00. En esta franja se podrá difundir programación de clasificación "A" y "B": Apta para todo público, con vigilancia de una persona adulta, y;
3. Adultos: Compuesta por personas mayores a 18 años. La franja horaria de personas adultas transcurrirá en el horario de las 22h00 a las 06h00. En esta franja se podrá difundir programación clasificada con "A", "B" y "C": Apta solo para personas adultas”.
En otras palabras, solo se puede oir o ver TOROS en los canales de televisión y ondas de radio, de las 22h00 hasta la 06h00 de la mañana del día siguiente….
1. Familiar: Incluye a todos los miembros de la familia. La franja horaria familiar comprende desde las 06h00 a las 18h00. En esta franja solo se podrá difundir programación de clasificación "A": Apta para todo público;
2. Responsabilidad compartida: La componen personas de 12 a 18 años, con supervisión de personas adultas. La franja horaria de responsabilidad compartida transcurrirá en el horario de las 18h00 a las 22h00. En esta franja se podrá difundir programación de clasificación "A" y "B": Apta para todo público, con vigilancia de una persona adulta, y;
3. Adultos: Compuesta por personas mayores a 18 años. La franja horaria de personas adultas transcurrirá en el horario de las 22h00 a las 06h00. En esta franja se podrá difundir programación clasificada con "A", "B" y "C": Apta solo para personas adultas”.
En otras palabras, solo se puede oir o ver TOROS en los canales de televisión y ondas de radio, de las 22h00 hasta la 06h00 de la mañana del día siguiente….
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